LICENCIAS
TRÁMITE DE LICENCIA POR ENFERMEDAD GESTION ESTATAL – del personal docente (art.114 inc. A de la Ley 10579) y del personal auxiliar (art.49 de la Ley 10430) El personal docente, conforme a lo establecido en el artículo 114 inciso A de la Ley 10.579, y el personal auxiliar, según lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 10.430, en aquellos casos en los que no sea posible realizar la solicitud de licencia médica de a través de la aplicación móvil Mis Licencias, los usuarios deberán verificar que dicha aplicación esté actualizada a su versión más reciente (v1.6.13) para garantizar su correcto funcionamiento.