Licencias Especiales

Planilla y Procedimiento de licencia para Mujeres Víctimas de Violencia en el marco de la Ley N° 14893 y Decreto N° 121/20

En el caso de las docentes de la ley 10579 enviarán a SAD

  1.  El  formulario adjunto planilla violencia de genero (3)
  2. más la denuncia ante la autoridad policial o judicial respectiva
  3. Toda orden judicial de la que se desprenda un plazo mayor al señalado anteriormente, autenticando la documentación.

Extensión

Se requiere agregar la documentación que fundamente la petición y la correspondiente planilla de solicitud para poder cursar el pedido ante el Equipo Interdisciplinario que deberá analizar la misma.

Deberá tener presente que el periodo máximo para solicitar prórroga es de 35 días y deberá estar avalado por el Equipo Interdisciplinario -Decreto N° 121/20 Artículo 6° y 7°-.

La competencia para el dictado del acto administrativo de otorgamiento de la licencia enmarcada en la Ley 14893, actualmente se encuentra establecida por la Resolución RESFC-2018-2115-GDEBA-DGCYE, en la Subsecretaría de Educación

 

Ley 14893

Planilla violencia de genero (1)

Decreto 121_2020

Anexo Único Decreto 121_2020